Nuevas normas de tráfico a partir del 1 de octubre: lo que cambia para vehículos

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La Dirección General de Tráfico (DGT) aplica una de las reformas más importantes del Reglamento General de Circulación en los últimos años. A partir del 1 de octubre de 2026, la regulación busca proteger a los usuarios vulnerables y reducir la siniestralidad en las vías urbanas e interurbanas.

La mayoría de estas sanciones por incumplimiento se tipifican como infracciones graves con multas de 200 euros.

Patinetes Eléctricos (VMP)

Los Vehículos de Movilidad Personal asumen exigencias de seguridad similares a las de otros vehículos:

  • Edad mínima: Solo podrán circular personas a partir de 15 años.

  • Seguridad personal: El uso del casco pasa a ser obligatorio para todos los conductores. De noche o en situaciones de reducida visibilidad, se exige llevar chaleco reflectante. (Los repartidores profesionales deberán portarlo en todo momento).

  • Prohibido en carretera: No podrán transitar por carreteras convencionales fuera de los núcleos urbanos (solo se les permite circular fuera de ciudad por vías segregadas, como carriles bici interurbanos).

Bicicletas

Se refuerzan las distancias de seguridad y la protección de los ciclistas:

  • Casco obligatorio en carretera: Se eliminan exenciones; el uso de casco es mandatorio para cualquier ciclista en vías interurbanas.

  • Adelantamientos más seguros: Al adelantar a un ciclista fuera de ciudad, los conductores no solo deberán mantener la separación lateral de 1,5 metros, sino reducir la velocidad en 20 km/h respecto al límite máximo de la vía durante la maniobra.

  • Distancia en ciudad: Se establece una distancia frontal mínima de 5 metros para los coches que circulen detrás de una bicicleta.

Motocicletas

Se busca reducir lesiones en caídas y aportar fluidez en episodios de retención:

  • Equipamiento obligatorio: Será obligatorio el uso de guantes de protección homologados en carretera y calzado cerrado (quedan prohibidas las chanclas o sandalias en cualquier tipo de vía).

  • Circulación por el arcén: En tramos de retención o atascos, las motos podrán circular por el arcén derecho a una velocidad máxima de 30 km/h, siempre en tramos autorizados y señalizados.

Parkings interiores, exteriores y aparcamiento

  • Marco legal para ordenanzas locales (PAR y ZBE): Faculta a los ayuntamientos para establecer en sus regulaciones de aparcamiento público o en superficie tarifas y accesos diferenciados según la clasificación ambiental o las dimensiones del vehículo.
  • Aparcamiento de autocaravanas: Se unifica la norma nacional de estacionamiento. Una autocaravana podrá aparcar igual que un turismo (en vía pública o aparcamientos exteriores) siempre que permanezca apoyada solo en sus neumáticos, no despliegue elementos que sobresalgan de su perímetro (como toldos) y no realice vertidos.
  • Prohibición cerca de pasos de peatones: Se endurecen las limitaciones para parar o estacionar en la zona previa o contigua a los pasos de peatones en entorno urbano para garantizar visibilidad.
  • Adelantamientos a vehículos parados o averiados: Si te encuentras un coche inmovilizado por avería o accidente, deberás reducir la velocidad 20 km/h respecto al límite de la vía y dejar 1,5 metros de separación.

Plazos y Calendario

Aunque la gran mayoría de las medidas entran en vigor el 1 de octubre de 2026, el Reglamento contempla un periodo de adaptación para ciertas características técnicas. Por ejemplo, la obligación de llevar el alumbrado encendido de forma continua en patinetes y la homologación bajo el estándar UNECE R22 para ciertos cascos de moto tendrán de margen hasta el 1 de octubre de 2027.

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